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Decreto 247/2021 - Fideicomiso BA-INNOVA. Objeto. Plazo. Modificación. Financiamiento. Recursos. Diversificación. Ampliación de sus líneas de acción. Poder Ejecutivo.

Citar: elDial.com - CC6E7A

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

Texto Completo

DECRETO 247/2021

(BO del 04/05/2021) 

La Plata, 30 de Abril de 2021

VISTO el expediente EX-2021-02283636-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, por el cual se propicia la modificación del Decreto Nº 3489/08, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 3489/08 creó el Fideicomiso BA-INNOVA, con el objeto de apoyar financieramente a micro, pequeñas y medianas empresas bonaerenses de reciente creación que pretendan desarrollar proyectos de innovación y/o modernización tecnológica;

Que a raíz de la crisis que atraviesa la República Argentina, en general, y la provincia de Buenos Aires, en particular, se declaró, por medio de la Ley Nº 15.165, el estado de emergencia social, económica, productiva y energética, como así también la prestación de los servicios y la ejecución de contratos a cargo del sector público provincial, por el plazo de un (1) año, prorrogado por igual término por Decreto N° 1176/2020;

Que por Decretos del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/2020 y Nº 167/21 se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2021 la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el nuevo coronavirus (COVID-19);

Que mediante el Decreto N° 132/2020, ratificado por la Ley N° 15.174 y prorrogado por los Decretos N° 771/2020 y N° 106/21, se declaró la emergencia sanitaria en el territorio bonaerense, al tiempo que se previó la adopción de diversas medidas necesarias a los fines de la contención del nuevo coronavirus (COVID-19) y de evitar el contagio y la propagación del mismo;

Que todo ello agravó el escenario económico y social actual de la provincia de Buenos Aires, siendo imprescindible la implementación de políticas públicas que pongan como eje la reactivación productiva de los distintos sectores y tipos de empresas, a fin de contrarrestar los efectos adversos de la crisis descripta precedentemente;

Que, en ese marco, se torna indispensable modificar el objeto del FIDEICOMISO BA-INNOVA y, de este modo, aplicar los recursos del fondo a proyectos productivos de inversión en general y ampliar las opciones de financiamiento, permitiendo el otorgamiento de préstamos, bonificaciones de tasa, aportes no reembolsables, entre otros;

Que la modificación propiciada busca apoyar financieramente a micro, pequeñas y medianas empresas bonaerenses de titularidad de personas humanas o jurídicas, que pretendan desarrollar proyectos de innovación y/o modernización tecnológica y/o pretendan desarrollar inversiones productivas que impliquen generación de empleo, agregado de valor y/o potencial exportador, tanto de manera directa como a través de entidades o instituciones de financiamiento;

Que el artículo 29 de la Ley N° 15.164 encomienda al Ministerio Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, entre otras acciones, entender en el diseño e implementación de las políticas para el ordenamiento, promoción, desarrollo y financiamiento de las actividades industriales, mineras, comerciales, cooperativas, culturales, portuarias y turísticas de la provincia de Buenos Aires;

Que se ha expedido favorablemente la Subsecretaría de Industria, PyMES y Cooperativas dependiente del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica;

Que han tomado intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 11 de la Ley N°15.164 y 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTICULO 1°. Modificar el artículo 1° del Decreto N° 3489/08, que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 1°. Crear el Fideicomiso Buenos Aires Fondo de Impulso Productivo, cuyo objeto es apoyar financieramente a micro, pequeñas y medianas empresas bonaerenses que pretendan desarrollar proyectos productivos, de innovación y/o modernización tecnológica, de manera directa o a través de entidades o instituciones de financiamiento.”

ARTÍCULO 2º. Modificar el artículo 2° del Decreto N° 3489/08, que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 2°. El Fideicomiso Buenos Aires Fondo de Impulso Productivo se integrará con los siguientes recursos:

a) Recursos presupuestarios del Estado Provincial.

b) Otros aportes, donaciones o legados de personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras, públicas o privadas.

ARTÍCULO 3º. Modificar el artículo 3° del Decreto N° 3489/08, que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 3°. El plazo de duración del Fideicomiso Buenos Aires Fondo de Impulso Productivo es de veinte (20) años contados desde la fecha de su constitución mediante la celebración del correspondiente Contrato de Fideicomiso, quedando su liquidación y el cumplimiento de los convenios existentes, a cargo del fiduciario que administre dicho Fideicomiso.”

ARTÍCULO 4°. Autorizar al Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica a realizar las adecuaciones pertinentes al contrato de Fideicomiso oportunamente suscripto con el entonces BAPRO MANDATOS Y NEGOCIOS S.A, de conformidad con la denominación y el objeto aprobado por el artículo 1° del presente, y a suscribir y aprobar la correspondiente adenda.

ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Augusto Eduardo Costa                                                             

Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica 

Carlos Alberto Bianco                             

Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros

Axel Kicillof

Gobernador

 

 

Citar: elDial.com - CC6E7A

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